lunes, 4 de octubre de 2010

Afiliacion de una empresa a las cajas de compensacion

AFILIACION Y DESAFILIACION A LAS CAJAS DE COMPENSACION

Afiliación

Se define en términos generales como un acto en mediante el cual un particular se integra a un correspondiente régimen de seguridad social.

Podrán incorporarse a una C.C:A:F: cualquier empresa de carácter privado y adicionalmente el personal docente de las municipalidades o corporaciones educacionales y mutuales de seguridad.

La afiliación de una empresa deberá ser solicitada por escrito al directorio de la caja, acompañada de los antecedentes que justifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, en los cuales se debe incluir entre otros la nomina de trabajadores debidamente firmada y autorizada, siempre y cuando la mitad mas uno de sus trabajadores así lo estime conveniente para esto se debe presentar un acta mayoritaria de desafiliación a la caja anterior y un acta de acuerdo mayoritario de afiliación. Queda de manifiesto, que la decisión de los trabajadores de afiliarse a una C.C.A.F. afecta a la totalidad a la empresa

Desafiliación

La desafiliación de una empresa a una Caja de Compensación es un acto voluntario el cual, tal como la afiliación, requiere de la voluntad de sus trabajadores. En este caso, el acuerdo debe ser adoptado por mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa o establecimiento.

La fecha de la desafiliación corresponde a la fecha de afiliación a otra Caja. La desafiliación es, por su parte, de carácter individual, lo que no obsta a que varias empresas puedan desafiliarse simultáneamente.

Por otra parte, las empresas requieren de un período afiliación mínimo de 6 meses para poder desafiliarse, La razón de este requisito es impedir el desequilibrio financiero de las Cajas de Compensación por una constante desafiliación empresas.

Tanto la afiliación como la desafiliación de una empresa a una Caja de Compensaci6n, requiere una solicitud dirigida al Presidente del Directorio de la Caja. Será precisamente el Directorio el encargado de pronunciarse acerca de la aceptación o de denegación de dicha solicitud, lo cual afecta mediante un acuerdo, cuyo quórum ser de simple mayoría.

AFILIACION DE LA EMPRESA AL SEGURO

Los formularios de vinculación tanto de empleador como de trabajador se pueden solicitar en los centros verdes y Centro de Atención al Usuario- en Bogota; para otras ciudades en los centros verdes si los hay o directamente en los puntos de afiliación de la seccional.

Cómo se realiza la vinculación del empleador al Sistema General de Riesgos Profesionales?
Para la afiliación de empresas, única y exclusivamente se recibe la afiliación vía física, es decir el formulario con sus respectivos *anexos en los centros verdes y Centro de Atención al Usuario- para Bogota.
Para poder afiliar a todos sus trabajadores primero se debe afiliar la empresa. Esta afiliación de la empresa no genera ningún costo.

¿Cómo se realiza la vinculación del trabajador dependiente al Sistema General de Riesgos Profesionales?
En la actualidad la Administradora de Riesgos Profesionales del Seguro Social ofrece el servicio de afiliación únicamente para el trabajador vía e-mail. La otra forma de afiliar al trabajador dependiente es acercándose a los centros verdes y Centro de Atención al Usuario- en Bogota.

El afiliado en el momento de la afiliación deberá definir obligatoriamente en escrito anexo, los parámetros de días, horarios, tareas y espacio a los cuales se limita el cubrimiento por el riesgo profesional, el cual no cubre las contingencias ocurridas en horarios adicionales que no estén previa y claramente definidos.

Anexos

  • Para la Vinculación del Empleador al Sistema General de Riesgos Profesionales
  • Formulario de vinculación en original y dos copias
  • Certificado de Cámara de Comercio vigente
  • Fotocopia de la cedula del Representante Legal

Para la Vinculación del Trabajador Dependiente al Sistema General de Riesgos Profesionales

  • Formulario en original y dos copias
  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía del trabajador

Para la Vinculación del Trabajador Independiente al Sistema General de Riesgos Profesionales

  • Formulario en original y dos copias
  • Copia del contrato de trabajo –si éste existe-.
  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía del trabajador

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